Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157
¿Qué es la interdicción judicial?
La interdicción judicial es un estado de incapacidad pues impide a la persona administrar sus bienes, firmar contratos o comparecer a juicio.
La interdicción judicial generalmente aplica para casos como personas con discapacidad mental, dementes, toxicómanos, ebrios consuetudinarios, impúberes, y personas privadas de la libertad con sentencia ejecutoriada en firme. El objetivo central de la interdicción judicial es proteger el patrimonio de la persona declarada interdicta, para que otras personas no se aprovechen con mala fe de su condición vulnerable.
La interdicción judicial, como su mismo nombre lo indica, deberá declararse mediante un juicio ante la autoridad competente para que surta los efectos de Ley.
¿Cómo se declara interdicto a una persona en Ecuador?
Para declarar interdicto a una persona en nuestro país deberá seguirse un JUICIO EN PROCEDIMIENTO SUMARIO, es decir solo podrá realizarse mediante resolución judicial y a petición de parte interesada, después de haber probado con informes técnicos y médicos la causal para que una persona sea declarada interdicta.
¿Qué pasa cuando una persona es declarada interdicta?
Cuando un juez determina que un ciudadano sea declarado como interdicto, la persona no podrá administrar sus bienes, firmar contratos ni comparecer a juicio. Deberá nombrársele un CURADOR que puede ser: -el cónyuge -los padres y abuelos (los casados requieren el consentimiento del cónyuge) -los colaterales hasta el cuarto grado -a falta de todos los anteriores, tendrá lugar la curaduría dativa
¿Qué es la interdicción provisional y definitiva en el Ecuador?
Cuando se realiza la demanda de interdicción judicial, y mientras se desarrolla el proceso, se puede solicitar se convoque a una audiencia previa para declarar la interdicción provisional (Art. 467 CC), la misma que deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad y Mercantil y notificarse al público en un periódico de amplia circulación.
Después se procederá con la audiencia única en la cual el juez en base a las pruebas y oposiciones presentadas, resolverá la declaratoria o no de la interdicción definitiva, de conformidad con el Art. 468 del Código Civil en vigencia.
Si requiere asesoría jurídica puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com, al whatsapp: 0998725157, o acudir previa cita a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO
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